miércoles, 25 de mayo de 2011

SISTEMA RELIGIOSO MUSULMAN


(La comunidad que profesa la fe islámica)
Los sistemas religiosos no constituyen familias, son independientes entre si y ninguno de ellos agrupa una pluralidad de derechos nacionales

ARABIA:
La península de arabia se encuentra entre el mar rojo y el golfo pérsico. El istmo de Suez hoy cortado por el canal del mismo nómbrela unía con África. Por la situación geográfica, ha constituido geográficamente un punto de comunicación entre las grandes masas continentales euroasiática y africana.

FUNDADOR MAHOMA:
Se ha considerado a los árabes como una sola raza, sin embargo, los historiadores árabes han distinguido tres razas distintas.
1.                  Árabes primitivos; descendientes de Sem, hijo de Noé.
2.                  Árabes Muteariba se establecieron en Yemen y que después se extinguieron en todas direcciones.
3.                  Árabes Mustariba, raza formada por los sucesores de Ismael, hijo de Abraham que habitaron en Arabia desierta y se extendieron en diferentes direcciones, conociéndose con el nombre de Ismaelitas. A esta raza pertenecieron las tribus que habitaron alrededor de La Meca en particular la de los Koreichitas a que perteneció el profeta Mahoma quien en un principio tenía una religión monoteísta teñida de elementos extraídos del judaísmo y cristianismo.
La religión de los árabes antes era politeísta, creían en la existencia de numerosos genios invisibles que intervenían en todos los actos de los hombres.
Mahoma desarrolla la religión del Islam (musulmana). Mahoma significa el alabado, el glorificado, nace en la Meca hoy Arabia Saudita en 570, procede de una familia de comerciantes; Mahoma posee la marca de los profetas.

La tradición dice que estando Mahoma una vez retirado de todo en una cueva, se le Aparicio el Arcángel Gabriel y le comunico la elevada misión de que estaba encargado. A partir de ese momento empezó sus predicciones  de lo que había escuchado del arcángel, lo que constituyo el Corán.
En cuanto al culto Mahoma impuso a sus fieles el cumplimiento de prácticas sencillas llamadas “los cinco pilares de la sabiduría”:
·                    Profesión de fe: “No hay mas Dios que Ala y Mahoma es su profeta”
·                    Oración: Se realizan 5 veces al día en horas fijadas.
·                    Ayuno: Durante el Ramadán  desde el amanecer hasta el ocaso. (Ramadán es uno de los doce meses  del calendario lunar usado por los musulmanes).
·                    La limosna: Deben dar parte de su salario para ayudar a los necesitados
·                    Peregrinación a la Meca: en el duodécimo mes del año musulmán.

EL CORÁN:
Es el nombre del libro sagrado del Islam que contiene la doctrina transmitida por Mahoma a sus seguidores la cual le fue revelada por Ala a través del arcángel Gabriel; dividido en 114 capítulos (azuras) y en cada capítulo versículos (aleia).
El Corán es un libro de dogma, es un código civil y religioso donde se regulan las prácticas del culto y las relaciones legales de los musulmanes, la obra contiene tradiciones judías, cristianas y árabes.
En los estados musulmanes hay poca cabida para una legislación estatal, de acuerdo con lo anterior todos los actos humanos caen en una de las siguientes hipótesis:
ü    Lo que Dios ha ordenado categóricamente.
ü    Lo que ha recomendado.
ü    Lo que ha dejado legalmente indiferente (cabe una legislación humana).
ü    Lo que ha reprobado.
ü    Lo que ha prohibido.

Las fuentes del derecho musulman son:
EL CORÁN: Primera fuente de derecho musulmán.
 EL SUNNA: representa el modo de ser y de conducirse del profeta, constituido por parábolas relativas a los actos y palabras de Mahoma.
EL IDJMA: en la actualidad para conocer el derecho musulmán, solo debe consultarse los libros aprobados por el acuerdo unánime de los doctores, pues es la única base actual dogmatica.
EL QUIYAS: solo puede considerarse como de interpretación y de aplicación del derecho sin que se pueda, mediante la utilización de dicho procedimiento, crear normas fundamentales con valor absoluto.

DERECHO PUBLICO
El califa es el jefe de la monarquía islámica, y puede confiar el gobierno de algunas partes del imperio a príncipes, con el título de sultán o Emir. Pero el derecho musulmán no ha reconocido como legales tales situaciones y gobiernos.

DERECHO PENAL
El derecho penal islámico dado su carácter religioso no hace una distinción entre pecado y delito.
Los delitos penales se pueden dividir en tres categorías:
1.                  Delitos de sangre: las penas  son el talión  se aplica en caso de homicidio doloso y lesiones corporales dolosas y la composición (es como una multa en camellos y de no haber en dinero).
2.                  Delitos contra la religión: es la blasfemia, la fornicación, la calumnia, el hurto, la ingestión de bebidas embriagantes, el bandolerismo.
3.                  Delitos nocivos para la buena convivencia social.

DERECHO DE FAMILIA
En las normas patriarcales establecidas en el Corán regulan el matrimonio, la filiación y la herencia, es decir, las estructuras fundamentales en la transmisión y conservación de la propiedad familiar.
En cuanto al matrimonio es lleva a cabo por medio de un contrato que puede ser subsecuente de una promesa, en la cual se entrega la dote esta debe guardar  relación con la condición social de la esposa, se edad y belleza.
El Corán fija el numero de esposas (4) y deja indeterminado el numero de concubinas estas deben estar limitadas en cuanto a la economía.
En cuanto a la disolución del matrimonio:
·                     Divorcio: si es iniciativa del hombre no importa la razón sin embargo si es por parte de la mujer deben de haber cuestiones justificadas.
·                    Por muerte de alguna de las partes.
·                    Juramento imprecatorio: el marino dice que su mujer cometió adulterio y sus hijos son ilegítimos sin prueba alguna.
·                    El repudio por el marido (antes de 4 meses y 10 días).

SISTEMA TRIBUTARIO
Los musulmanes pagan anualmente un diezmo sobre rebaños, recolecciones y bienes comerciales etc. 10 % de los bienes de la persona.
Los impuestos más caros por así decirlos corresponde pagarlos a los infieles cristianos y judíos: los cuales pagan dos tipos de impuestos que son:
a) una capitación por cada varón
b) tributo sobre las tierras.

DERECHO JUDICIAL
Para desempeñar algún cargo se necesitaba ser hombre, libre de religión musulmán, plenitud de sus facultades físicas y psicológicas, moralidad y conocimiento de la ley.
El procedimiento se llevaba de manera oral su ejecución se cuida por medio de la presencia de dos testigos estos no presenciaron los hechos de la litis sino son testigos de la regularidad de las actuaciones.


1 comentario:

  1. Vil copia del libro: Sistemas Jurídicos Contemporaneos de Consuelo Sirvent Gutiérrez


    Pipunx@live.com.mx

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